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Mostrando entradas de enero, 2019

SUBSIDIO POR MATERNIDAD

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SUBSIDIO POR MATERNIDAD El subsidio por maternidad es el  dinero al que tienen derecho las gestantes aseguradas para compensar el tiempo que no trabajarán   por su licencia de maternidad, después del parto y de los primeros cuidados del recién nacido. Este se otorga a la madre por un periodo de 98 días. Regularmente, debe iniciar 49 días antes de la fecha probable del parto; sin embargo, la madre podrá decidir la fecha de inicio del descanso, previa autorización de su médico tratante. Asimismo, el subsidio podrá extenderse por 30 días adicionales si se tratara de un caso de parto múltiple o de un menor con discapacidad. Se puede perder o suspender el beneficio del subsidio en cualquiera de estas situaciones: Perder el vínculo laboral. Realizar labor remunerada durante el periodo del subsidio. Abandonar o incumplir el tratamiento y las prescripciones médicas. Por excepción, las  aseguradas agrarias  no requieren tener vínculo laboral al momento de...

SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL

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SUBSIDIO DE INCAPACIDAD TEMPORAL ¿Qué es un subsidio por INCAPACIDAD TEMPORAL? Es el monto en dinero que se otorga a los asegurados regulares en actividad, agrarios y de regímenes especiales, con el fin de compensar la pérdida económica derivada de la incapacidad para el trabajo, ocasionada por el deterioro de la salud. ¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio? El asegurado regular debe contar con tres meses de aportación consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que se inició la incapacidad. El asegurado agrario debe contar con tres meses de aportación consecutivos o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se inició la incapacidad. El asegurado trabajador pesquero Ley N° 28320 debe contar con dos aportes consecutivos o no consecutivos pagados en los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la incapacidad. Los asegurados pescadores y procesadores pesquero...

CONOZCA CUÁLES SON LAS AFILIACIONES A ESSALUD

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AFILIACIÓN DE CÓNYUGE ·         Formulario N° 1010  - Formulario Único de Registro correctamente firmado sin borrones ni tachaduras. ·         DNI del titular y el de su cónyuge ·     Copia de acta o partida de matrimonio civil emitido con antigüedad no mayor a 3 meses Para casados en el extranjero: ·     Copia de acta o partida de matrimonio inscrito en el Registro Consular Peruano del lugar de celebración del acto. AFILIACIÓN DE CONCUBINO(A) ·         Formulario N° 1010  - Formulario Único de Registro correctamente firmado sin borrones ni tachaduras. ·         DNI del titular ·         Copia DNI del concubino (a) AFILIACIÓN DEL HIJO MENOR DE EDAD ·      ...